Proyecto del Sistema Español de Factura Electrónica

Este proyecto viene impulsado por el Ministerio de Economía, concretamente con la Ley de creación y crecimiento de empresas, también conocida como Ley Crea y Crece.

Según la información que tenemos en el momento de escribir este artículo, esta ley tiene dos plazos de entrada en vigor:

  • Para empresas que facturen a partir de 8 millones de Euros tendrán 1 año a partir de la aprobación del reglamento. La previsión para estas empresas es durante el 2026.
  • Para las empresas que facturen menos de 8 millones de Euros, el plazo para adaptase es de 2 años a partir de la aprobación del reglamento, por lo tanto, la previsión es que tengan que estar adaptadas durante el año 2027.

Uno de los principales objetivos de esta ley es controlar la morosidad y para conseguirlo establece una serie de medidas entre las que destacamos las siguientes:

  • Las empresas y profesionales estarán obligadas a emitir y transmitir las facturas electrónicas a sus clientes empresarios y profesionales (no a los particulares), y deberán utilizar alguna de las siguientes vías:
    • Plataformas privadas.
    • Solución pública de facturación electrónica (SPFE)
    • Una combinación de ambas.

Por lo tanto, se hace referencia a la factura B2B y ya no valdrá la factura en papel para la facturación entre empresas y profesionales (pero sí que será válido el papel para las facturas a particulares), pero insistimos, esto será en el momento en que entre en vigor este proyecto, que no debe de confundirse con el proyecto VERIFACTU que entrará en vigor antes y al cual también hacemos referencia en esta página.

 

¿Qué es la Solución Pública de Facturación Electrónica (SPFE)?

Es un repositorio universal y obligatorio para todas las facturas electrónicas, ya sean originales o copias de las mismas. Esto significa que, si una empresa utiliza una plataforma privada, también estará obligada a depositar una copia de la factura en el SFPE, y por tanto desde el punto de vista legislativo, no podrá obligar a sus clientes a ir a buscar la factura a su repositorio ni tampoco a obligar a sus proveedores a enviarles la factura a la plataforma privada que esté utilizando.

El desarrollo y la gestión de la solución pública de facturación electrónica está previsto que se lleve a cabo por parte de la Agencia Tributaria, utilizando la misma sintaxis que la factura-e (factura electrónica que ya se está utilizando). Esto significa que todas las facturas que se remitan al SPFE tendrán que estar en formato factura-e, con lo cual este formato va a ser el estándar.

Para llevar a cabo el desarrollo de la SPFE es necesario un desarrollo normativo, la aprobación del Real Decreto que establecerá el marco jurídico de la factura electrónica y una Orden Ministerial que regule el SPFE.

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