Y durante estos primeros 12 meses desde la entrada en vigor de este real decreto, las empresas que, de acuerdo con la disposición final octava de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, estén obligadas a emitir facturas electrónicas en las transacciones con empresarios y profesionales, deberán acompañar a las facturas electrónicas mencionadas de un documento en formato PDF, que asegure su legibilidad para las empresas y profesionales para los que todavía no haya entrado en vigor esta obligación de recibir facturas electrónicas, salvo cuando el destinatario de las facturas electrónicas acepte voluntaria y expresamente recibirlas en su formato original.
Todo esto lo explicamos porque el pasado mes de junio se presentó un Borrador del Reglamento Técnico de la Ley en referencia a la factura electrónica, que es un fichero electrónico que contiene toda la información de una factura, y que debe estar validada por un certificado digital reconocido por la Agencia Tributaria, y de modo que ya queda validada fiscal y L, y por tanto no hay necesidad de imprimirla.
Nuestro ERP permite ya emitir facturas con estos requisitos técnicos necesarios para poder trabajar con las administraciones públicas y también con las empresas privadas.
Según datos del Ministerio de Industria, este tipo de facturas pueden contribuir a ahorrar más de 120 millones de euros cada año, así como a evitar el uso del papel y evitar la generación de residuos, consumo de recursos naturales, así como problemas de contaminación.
Por otra parte, la factura electrónica aumenta la seguridad, porque incorpora un sistema de cifrado, ya que se trata de un envío directo del emisor y al receptor, y se firma digitalmente.
Por tanto, para poder garantizar la validez de este tipo de facturas es necesario que se pueda verificar la autenticidad de su origen, así como la integridad de su contenido, y nuestro ERP asegura todos estos requisitos. Si desea más información no dude en contactar con nosotros y se lo explicaremos con detalle.